
El fiscal Villate cuestionó el fallo por el Villazo y adelantó que apelará la sentencia
El fiscal federal consideró “llamativo” el fallo que absolvió a la mayoría de los imputados y confirmó que recurrirá a Casación.
El fiscal federal Adolfo Villate expresó su profunda preocupación y desacuerdo con el fallo dictado por el Tribunal Oral Federal N°1 de Rosario en la causa por crímenes de lesa humanidad vinculados al Villazo. La sentencia absolvió a 17 de los imputados y condenó a solo dos exintegrantes de las fuerzas de seguridad, una resolución que generó sorpresa, malestar y fuertes críticas de parte de las organizaciones de derechos humanos y víctimas del terrorismo de Estado.
“La verdad es que no era lo que esperábamos”, sostuvo Villate en declaraciones realizadas en SUR Multimedios horas después de conocerse el veredicto. Según detalló, si bien el Ministerio Público Fiscal contemplaba la posibilidad de algunas absoluciones, confiaba en que habría condenas firmes para los exdirectivos de Acindar y para varios ex policías federales señalados como partícipes de secuestros, tormentos y homicidios perpetrados en 1975.
El centro clandestino en Acindar
Uno de los aspectos más controvertidos del fallo —y que generó un fuerte rechazo— fue la negativa del Tribunal a reconocer el “Albergue de Solteros” de Acindar como centro clandestino de detención. Villate fue enfático:
“Nos llamó la atención (…) que se hubiera puesto en crisis la definición del albergue de solteros que funcionaba en el predio de Acindar como un centro clandestino de detención”.
El fiscal remarcó que, a criterio del Ministerio Público Fiscal, “no cabe ningún tipo de duda” de que allí estuvieron ilegalmente detenidas personas y que el lugar no estaba habilitado para alojar detenidos de ningún tipo. Además, recordó que el mismo tribunal ya había dictado condenas en causas anteriores por hechos previos a 1976, también declarados delitos de lesa humanidad.
Pruebas testimoniales y documentales
El asombro del fiscal respecto del fallo también radica en la magnitud y calidad de las pruebas reunidas durante el juicio.
“No solamente testimonios —destacó—, sino que también hay prueba documental (…) rastros que dejó aquella represión ilegal en documentos del propio Estado”.
Para Villate, la prueba acreditaba que las fuerzas de seguridad contaban con información interna proporcionada desde la empresa, vinculada a legajos y antecedentes de trabajadores, especialmente de quienes integraban la Lista Marrón de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM). A esto sumó otro dato relevante: el rol directivo de José Alfredo Martínez de Hoz en Acindar y la posterior asunción del general Alcides López Aufranc al frente del directorio, hechos que —según el fiscal— revelan la articulación empresarial y militar de la represión.
El papel de Acindar y la responsabilidad empresarial
Villate subrayó que una de las particularidades de este juicio —a diferencia de otros anteriores por delitos de lesa humanidad— es que se juzgó a civiles vinculados a una empresa privada.
“En los casos anteriores los imputados eran militares o policías. En este caso está en juego también la responsabilidad empresarial de Acindar”, afirmó.
En este punto, comparó la causa con el precedente de Ford, donde sí se dictaron condenas contra directivos, aunque en ese caso los hechos ocurrieron durante la dictadura militar. Para el fiscal, el fallo del Villazo representa un retroceso, justamente porque involucra hechos ocurridos antes del golpe del ’76, en plena democracia formal.
Qué se espera ahora: el camino a Casación
Villate confirmó que el Ministerio Público Fiscal recurrirá a la Cámara Federal de Casación Penal para impugnar el fallo, aunque aclaró que el plazo para presentar el recurso comenzará a correr luego del 6 de febrero de 2026, fecha fijada para la lectura de los fundamentos de la sentencia.
Sobre este punto, explicó: “Tenemos un recurso de casación que empieza a correr a partir del conocimiento de los fundamentos del fallo”.
Este es un recurso extraordinario que permite revisar la sentencia ante un tribunal superior —en este caso, la Cámara Federal de Casación Penal— cuando se considera que el fallo tiene errores de derecho, de interpretación o de valoración de la prueba.
El fiscal recordó, además, que fue la propia Casación la que en instancias anteriores habilitó que esta causa llegara a juicio, al considerar que existían elementos de prueba suficientes.
Un fallo que contradice antecedentes
Villate remarcó que el mismo Tribunal que ahora dictó absoluciones había condenado previamente hechos similares ocurridos antes de 1976 y afirmó que no encuentran explicación para un resultado “tan diametralmente opuesto”.
“Sinceramente, no encontramos la explicación”, expresó, y sostuvo que recién al conocer los fundamentos podrán comprender cuál fue el razonamiento jurídico que llevó a los jueces a esta decisión.